Cómo tributan los intereses de una cuenta remunerada y qué te retiene el banco
Por Mario Rodríguez · revisada el 17 de septiembre de 2026
La retención: el 19% que no llega a tu cuenta
Cuando el banco te abona los intereses, se queda un 19% y lo ingresa en Hacienda a tu nombre: es lo que marca la ley del IRPF para los intereses de cuentas y depósitos. Si una cuenta te genera 100 € de intereses, a tu cuenta llegan 81 €.
Esa retención no es el impuesto definitivo, sino un pago a cuenta: en la declaración de la renta se calcula lo que te toca pagar de verdad y se descuenta lo que ya te retuvieron.
En la renta: la escala del ahorro
Los intereses van a la base del ahorro, junto con los dividendos y lo que ganas al vender acciones o fondos. Esa base paga por tramos; la parte estatal y la autonómica suman estos tipos:
| Rendimientos del ahorro en el año | Tipo |
|---|---|
| Hasta 6.000 € | 19% |
| De 6.000 € a 50.000 € | 21% |
| De 50.000 € a 200.000 € | 23% |
| De 200.000 € a 300.000 € | 27% |
| Más de 300.000 € | 30% |
Mientras tus rendimientos del ahorro de todo el año no pasen de 6.000 €, lo retenido coincide con el impuesto y no hay nada que ajustar. Por encima, lo que pasa de esa cifra paga más, y la diferencia se paga en la declaración. Por ejemplo, con 10.000 € de intereses en un año el banco te habrá retenido 1.900 €, pero el impuesto es de 1.980 €: en la renta pagarás 80 € más.
Esta guía explica el IRPF común. Si vives en el País Vasco o en Navarra, tu impuesto sigue sus propias normas.
Si tu banco no retiene en España
Las entidades que ofrecen cuentas en España desde otro país, sin sucursal aquí, no están obligadas a retener, y muchas no lo hacen. Te pagan los intereses enteros, pero tributan igual: quien vive en España declara aquí lo que gana en cualquier país. En la declaración tendrás que incluirlos y pagar entonces todo el impuesto.
De las cuentas de este comparador, no retienen en España bunq y Raisin.
Desde 2026, esas entidades también tienen que informar a Hacienda de las cuentas de sus clientes que viven en España y de lo que les rinden. No está claro todavía si esos datos te aparecerán en el borrador de la renta: revísalo y, si faltan, añádelos tú.
¿Tienes que hacer la declaración?
Tener intereses no te obliga por sí solo. Si, además de un sueldo o una pensión que no te obligue a declarar, solo tienes rendimientos del capital o ganancias que llevan retención, no estás obligado mientras no pasen de 1.600 € al año entre todos. Ese límite es solo para lo que lleva retención: los intereses de un banco que no retiene en España no entran en él. Y si todos tus ingresos del año no pasan de 1.000 € y tus pérdidas patrimoniales no llegan a 500 €, no estás obligado. Hay excepciones, que la Agencia Tributaria resume en su cuadro de quién no está obligado a declarar.
En qué año cuentan los intereses
En el año en que tienes derecho a cobrarlos, que en una cuenta es cuando el banco te los abona, aunque no saques el dinero.
Cuentas fuera de España: el modelo 720
Si entre todas tus cuentas abiertas en entidades situadas fuera de España tenías más de 50.000 € a 31 de diciembre, o de media en el último trimestre del año, tienes que presentar el modelo 720 entre el 1 de enero y el 31 de marzo. Es una declaración informativa: por presentarla no se paga nada. Los años siguientes solo hay que repetirla si ese saldo sube más de 20.000 € respecto a la última que presentaste, o si cancelas alguna de esas cuentas. Desde marzo de 2022, las multas por no presentarla o hacerlo mal son las generales de la ley tributaria, después de que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea considerara desproporcionadas las anteriores. Si dudas de si una cuenta concreta está «fuera de España», pregúntalo a la Agencia Tributaria.
Calcula lo tuyo
Un año con esa TAE sobre todo el dinero, sin tope de saldo ni fin de promoción: para eso está el comparador. La TAE de partida es la mediana de las cuentas del comparador (2,50%): pon la tuya. «Otro ahorro que rinde» son los rendimientos del ahorro que tengas aparte ese año: intereses de otras cuentas, dividendos o lo que ganes vendiendo acciones o fondos. Supone que tu mínimo personal ya lo cubren otros ingresos, como un sueldo o una pensión. Es una estimación, no el resultado de tu declaración.
Fuentes
- Ley 35/2006 del IRPF, texto consolidado (BOE) — la renta mundial de los residentes (art. 2), el año de los intereses (art. 14), la escala del ahorro (arts. 66 y 76), quién está obligado a declarar (art. 96), la retención como pago a cuenta (art. 99) y su porcentaje (art. 101).
- Reglamento del IRPF (BOE) — quién está obligado a retener (art. 76).
- Tipos de retención de 2026 (Agencia Tributaria).
- Gravamen de la base del ahorro, Manual práctico de Renta (Agencia Tributaria).
- Quién no está obligado a declarar, con sus excepciones (Agencia Tributaria).
- En qué año cuentan los rendimientos del capital mobiliario (Agencia Tributaria).
- Rentas obtenidas en el extranjero (Agencia Tributaria).
- Contenido del modelo 196 (Agencia Tributaria) — lo que informan las entidades, también las que operan sin sucursal desde 2026.
- Cuándo obliga el modelo 720 (Agencia Tributaria).
- Ley 5/2022 (BOE) — el régimen de sanciones del modelo 720 desde marzo de 2022.
Información general sobre el IRPF de 2026, no asesoramiento fiscal: tu caso puede tener particularidades. Ante la duda, consulta a la Agencia Tributaria. Aviso legal.